Según una arraigada tradición, cuanto más se apega un sistema jurídico a la letra de la ley, más se distancia de la realidad social. Robert Post y Reva Siegel se proponen romper con este presupuesto, sosteniendo que los jueces no pueden ser los intérpretes últimos de los mandatos constitucionales, sino que deben además escuchar las voces de la sociedad y de los otros poderes públicos. El constitucionalismo democrático se afirma como una concepción sobre la capacidad que deben tener los tribunales superiores para reflejar e incorporar en sus fallos las perspectivas constitucionales de diversos sectores y organismos democráticos, con el objetivo de configurar de manera conjunta el significado del derecho, a través de un diálogo constructivo. En definitiva, a esta corriente no sólo le interesa cuestionar que los tribunales se hayan atribuido ciertas facultades que originalmente no les fueron conferidas: le interesa también proponer una nueva forma de activismo judicial, que sea sobre todo consciente de que el significado de la constitución se establece a partir de interacciones fluidas y constantes con las otras ramas del poder público, las asociaciones civiles, los partidos políticos, los movimientos sociales, la opinión pública, los centros de investigación y el poder judicial en su conjunto. Según este enfoque, la ley no puede emanar de un intercambio exclusivo entre magistrados. La presente obra recoge por primera vez en castellano textos fundamentales de dos de los principales referentes en el debate constitucional contemporáneo y en el movimiento por un constitucionalismo democrático. Se trata, a la vez, de una propuesta relevante para las deliberaciones del constitucionalismo latinoamericano, atrapadas todavía en disyuntivas maniqueas sobre las tensiones entre constitución y democracia.